Superservicios nos debe una respuesta.
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Palmira, Octubre 6 de 2012-10-06
Doctor
CESAR GONZALEZ
Superintendente de Servicios Públicos
Bogotá
Referencia: Derecho de Petición Art. 23 Constitución Política. Información
relacionada con evaluaciones integrales practicadas a ACUAVIVA S.A. E.S.P. y
contratación del Fondo Empresarial de Superservicios, en relación a
consultorías con DEVELOPMENT & INVESTMENT CONSULTING GROUP S . A. S.
Solicito
comedidamente a usted, en mi condición de veedor ciudadano en el proceso de
transformación y/o liquidación de la empresa de acueducto ACUAVIVA S.A. E.S.P.,
de Palmira, me suministre la siguiente información:
1.
Copia de las
EVALUACIONES INTEGRALES que la Superintendencia de Servicios Públicos le
realizara a ACUAVIVA, entre los años 2006 a 2011.
2. Por su conducto, obtener del FONDO
EMPRESARIAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIO PÚBLICOS (ley 812 de 2003), lo
siguiente:
·
Que
contratación fue suscrita y cancelada - entre los años 2004 a 2010 – por el
Fondo empresarial a la firma consultora DEVELOPMENT & INVESTMENT CONSULTING
GROUP S . A. S., Nit: 900.006.810-1 y domiciliada en Bogotá, mientras se
desempeñaba como superintendente de servicios públicos domiciliarios, la Dra.
EVA MARÍA URIBE.
·
La
información que cordialmente solicito a usted, debe incluir lo siguiente:
Nombre y/o razón social del contratista público o privado; fecha del contrato;
valor del contrato; objeto del contrato; otros aspectos complementarios de la
contratación ejecutada por el Fondo a que he hecho referencia.
La información que por este derecho de
petición solicito a usted – y por su conducto al Fondo empresarial de la
superservicios -, puede enviarse a la siguiente dirección:
Carrera 30 No. 31-57 APTO 201, Palmira
(Valle)
TEL. 310 832 6747 - (2) 2734652
Correo Electrónico francodemalatesta@yahoo.com
CARLOS ALBERTO FRANCO S.
C.C. 17.062. 794 Bogotá
Copia:
Contraloría Municipal del Palmira; Veeduría ciudadana de los servicios públicos
– Palmira; Secretario Jurídico e interventor de la alcaldía; Concejo Municipal
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Comentario final: un
derecho de petición similar al presente, fue formulado al alcalde Ritter López
Peña el día 25 de septiembre de 2012. ¿Cuándo nos responde, señor alcalde
PALMIRA COMO VAMOS, UNA
VEEDURÍA AL SERVICIO DE LO JUSTO
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